Derechos en siniestros de circulación

El asegurado puede elegir libremente el taller de su confianza, salvo que tenga contratada la cláusula de talleres concertados o recomendados en su póliza de seguro. En este caso tiene derecho a solicitar la indemnización que proceda conforme a los términos que prevea su póliza.
El perjudicado siempre tiene derecho a elegir libremente el taller de su confianza para la reparación de su vehículo, aunque en su póliza tenga contratada la cláusula de talleres concertados, siempre que la reclamación se dirija a la aseguradora del responsable del daño.
El perjudicado tiene la obligación de no enriquecerse ni encarecer innecesariamente el coste del siniestro.




